Se pone en conocimiento de todos los vecinos que, con fecha 27 de mayo del año en curso, por Alcaldía (P.D. El Concejal de Festejos) se ha dictado el siguiente DECRETO:
Teniendo en cuenta que del 22 al 26 de Junio del año en curso, tendrá lugar la celebración de las FIESTAS PATRONALES DE SAN JUAN, con el fin de coordinar y organizar adecuadamente el funcionamiento de las PEÑAS de la localidad, por la presente
RESUELVO
PRIMERO.- Establecer las siguiente normas de funcionamiento para el desarrollo de la actividad de las PEÑAS y regulación del espacio destinado a PEÑÓDROMO (RONDA CHICO DE BASURTO.- junto Plaza de Toros), durante la celebración de las FIESTAS PATRONALES DE SAN JUAN 2022 :
1.- Cada peña podrá colocar una caseta.
2.- Las propias peñas deberán realizar las gestiones necesarias para conseguir las casetas.
3.- Las casetas deben contar con un cuadro eléctrico con protección y un extintor.
4.- Existirá un punto de luz con boletín para garantizar el suministro eléctrico.
5.- Se aplicará la Ordenanza Municipal Reguladora de Ocupación de Vía Pública: 0,24€/m/día.
6.- Las casetas se colocarán según el orden de entrada de las solicitudes en el Registro del Ayuntamiento.
La primera caseta solicitada se colocará en la parte más próxima a la calle Ruedo y así sucesivamente hacia la Plaza de la Pinilla.
7.- Las casetas se podrán colocar a partir del lunes 20 de junio, debiéndose retirar antes del día 29 de referido mes.
8.-El Ayuntamiento no se hace responsable de los desperfectos, robos, accidentes, etc, que pudieran producirse en las casetas.
9.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en los días y horario de oficina, en modelo normalizado debidamente cumplimentado y firmado, por una persona mayor de edad, que será la persona de contacto y responsable, adjuntando la fotocopia de su D.N.I. El modelo de solicitud estará a disposición de los interesados en el Ayuntamiento y en la página web municipal.
10.- El plazo de presentación de solicitudes se extenderá del 31 de Mayo al 8 de Junio del año en curso.
SEGUNDO.- Dar cuenta del presente Decreto a la ciudadanía a través de la publicación del correspondiente Bando de Alcaldía, así como al Pleno de la Corporación en al primera sesión ordinaria que éste celebre.
Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimento.
En Medina de Rioseco,
EL ALCALDE
Fdo.- David Esteban Rodríguez.
Podéis descargar el modelo de solicitud en en siguiente enlace.