Se pone en conocimiento de todos los vecinos, que con fecha 20 de Julio del año en curso, por Alcaldía (P.D.El Concejal Delegado) se ha dictado el siguiente DECRETO:
Visto que el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de Febrero de 2022, aprobó el REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL ESPACIO COWORKING, publicándose su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid nº 93 de 17 de mayo de 2022.
Siendo intención de este Ayuntamiento promover la utilización de las infraestructuras y los recursos municipales disponibles en el Espacio Coworking de esta localidad, visto el apartado 5º y siguientes de mencionado Reglamento regulador, y en uso de las facultades y atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y, concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa vigente
RESUELVO
PRIMERO.- Proceder a la apertura de la primera CONVOCATORIA PÚBLICA, para la presentación de solicitudes con sus respectivos proyectos para la cobertura inicial del Espacio Municipal Coworking, quedando abierta una convocatoria continua, a la que podrán acudir todas aquellas iniciativas que no hayan podido acceder a los puestos en la convocatoria inicial (primera convocatoria).
SEGUNDO.- El plazo para la presentación de solicitudes en la primera convocatoria será de 15 DÍAS NATURALES, que se extenderá del 21 DE JULIO al 4 DE AGOSTO DE 2022, ambos inclusive.
TERCERO.- Los interesados podrán presentar sus SOLICITUDES en el Registro General de este Ayuntamiento, en los días y horario de oficinas, conforme al modelo normalizado que podrá obtenerse en el propio Ayuntamiento de Medina de Rioseco o en la Web municipal.
CUARTO.- A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
.- Memoria del proyecto empresarial/laboral.
.- Fotocopia del D.N.I. o C.I.F.
.- Escritura de empresa si fuera una empresa la solicitante.
.- Currículo vitae.
.- Vida laboral.
.- Certificado del estar al corriente con las obligaciones con la Administración, tanto local, Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Los servicios municipales podrán solicitar otra documentación que consideren de interés para la mejor evaluación de los proyectos que se presenten.
QUINTO.- La gestión del procedimiento de selección de admisión para el uso del Espacio Coworking se realizará a través de una COMISIÓN DE PROMOCIÓN ECONÓMICA del Ayuntamiento, que previa constitución procederá a la valoración de las solicitudes presentadas al objeto de adjudicar los espacios, siendo elegidos por los propios adjudicatarios por orden de clasificación según su valoración.
SEXTO.- Los adjudicatarios de los espacios deberán confirmar su interés mediante la presentación, en el Registro General del Ayuntamiento, de la correspondiente DECLARACIÓN RESPONSABLE conforme modelo normalizado que podrá obtenerse en las oficinas municipales o en la Web municipal, en un plazo no superior a 15 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la adjudicación.
SÉPTIMO.- La lista de espera, si la hubiere, establecerá un orden preferente ante posibles bajas de los solicitantes.
OCTAVA.- La duración de la ocupación del espacio y prestación del servicio se establece por un plazo máximo de 5 AÑOS, a contar desde la fecha de la adjudicación del espacio.
NOVENO.- Los adjudicatarios deberán cumplir las normas de utilización del Espacio Coworking establecidas en el apartado 7 del Reglamento.
DÉCIMO.- Será de aplicación para los adjudicatarios del espacio, la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por prestación de servicios en el Espacio Coworking.
UNDÉCIMA.- Dar cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación Municipal en la primera sesión ordinaria que éste celebre.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Medina de Rioseco,
EL ALCALDE
Fdo.- David Esteban Rodríguez.
Más información en la Página de COWORKING.