De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/883014)
PRIMERO. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, que se gestionan a través de la presente convocatoria, los padres o los tutores legales de los alumnos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Que el alumno esté matriculado en cualquier curso de segundo ciclo de Educación Infantil de un centro de Medina de Rioseco durante el curso escolar 2025-2026.
Que el alumno esté empadronado en el municipio de Medina de Rioseco, al menos desde el 30 de
septiembre de 2025 y continúen durante todo el curso escolar 2025-2026.
Que los beneficiarios (padre, madre y/o tutores legales) estén al corriente de sus obligaciones fiscales frente a Hacienda y la Seguridad Social y no sean deudores por ningún concepto con este Ayuntamiento.
Que la solicitud y la documentación justificativa se presente dentro de los plazos establecidos en esta convocatoria. No podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta orden aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13 de la LGS.
SEGUNDO. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas para financiar la adquisición de material escolar para el alumnado que curse segundo ciclo de Educación Infantil durante el curso escolar 2025-2026 en Medina de Rioseco, en colaboración con la Diputación Provincial de Valladolid, en régimen de concurrencia competitiva.
Se trata de dotar una prestación económica para la adquisición de material escolar, con el fin de mejorar las necesidades socioeconómicas desfavorables de sus beneficiarios, ostentando un marcado interés social, pues pretende facilitar el acceso a la educación a toda la población en igualdad de condiciones.
TERCERO. Bases Reguladoras.
Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Medina de Rioseco publicada en el BOP de Valladolid nº 249 de 28 de diciembre de 2018.
CUARTO. Cuantía.
La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de diez mil euros (10.000,00 €), consignados en la aplicación 231/48002 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Medina de Rioseco para el año 2026.
El importe máximo de subvención por cada alumno/a matriculado será de 150,00 €.
Podrá efectuarse una reducción proporcional si el conjunto de ayudas a conceder superan el crédito previsto para las mismas en el artículo 4.
QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de la subvención se dirigirán al Sr. Alcalde de Medina de Rioseco, conforme al modelo que se incluye como ANEXO I de esta convocatoria y podrán presentarse, desde el día siguiente a la publicación del extracto de las presentes Bases en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid» hasta el día 28 de febrero de 2026, en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Junto al Anexo I, los beneficiarios deberán justificar documentalmente la realización de los gastos subvencionados, aportando la siguiente documentación:
1) DNI/NIE/pasaporte en vigor de la madre y el padre o representantes legales del menor firmantes de la solicitud.
2) Facturas justificativas de los gastos realizados.
3) Certificado de titularidad de la cuenta bancaria dónde recibir la ayuda.
4) Declaración responsable de los firmantes de la solicitud de no estar incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
SEXTO. Otros datos.
Podrán encontrar la convocatoria completa, las bases, el modelo de solicitud y demás documentación relacionada, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en la página web institucional del Ayuntamiento www.medinaderioseco.org.
En Medina de Rioseco, a 20 de enero de 2026.- El Alcalde.- Fdo.: David Esteban Rodríguez.
